Preguntas frecuentes

Es un procedimiento obligatorio que exigen las autoridades de tránsito y ambientales para conocer el estado de los vehículos que circulan por el país y que cumplan las condiciones mecánicas y ambientales óptimas que minimicen los riesgos de accidentes y la contaminación ambiental.

La ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito) en sus artículos 28 y 50, 51, 52, 53 y 54 y la resolución 3500 de 2005 y sus modificaciones de los Ministerios de Medio Ambiente y Transporte.

Todos los vehículos particulares, de servicio público y motocicletas que transiten por las calles y carreteras colombianas.

Después de pasados tres meses consecutivos de estadía en Colombia, debe someterse a la RTMyEC.

En este diagnóstico se verifican los siguientes conceptos:

  • El adecuado estado de la carrocería.
  • Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia.
  • El buen funcionamiento del sistema mecánico.
  • Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico.
  • Eficiencia del sistema de combustión interno.
  • Elementos de seguridad.
  • Buen estado del sistema de frenos.
  • Las llantas del vehículo.
  • Del funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia.
  • Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación del servicio público.

Se mide si el automotor cumple con las normas de emisiones contaminantes que establecen las autoridades ambientales del país en cuanto a Monóxidos de Carbono e hidrocarburos, así como el porcentaje de opacidad en los vehículos Diésel.

Según el decreto 019 del 10 de Enero de 2012, los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto año contado a partir de la fecha de su matrícula. Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnica mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos años contados a partir de su fecha de matrícula.

La Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes debe realizarse en centros de diagnóstico automotor (CDA) autorizados por el Ministerio de Transporte y certificados por un ente competente (ONAC).

Deben presentar los siguientes documentos en original: SOAT vigente y registrado en la plataforma RUNT, la matrícula del vehículo y la licencia de conducción.

Si una autoridad de tránsito verifica que no tiene la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes vigente y registrada en la plataforma RUNT, puede incurrir en una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, y que esa misma autoridad ordene la inmovilización del vehículo.

Si después de revisar el vehículo se verifica que este no cuenta con las condiciones mecánicas y de emisiones contaminantes aplicables según la normatividad vigente, debe acudir a un taller mecánico de confianza para que allí revisen y realicen las mejoras recomendadas por el personal experto del CDA.

Una vez realizadas las correcciones, el vehículo debe ingresar nuevamente a las instalaciones del CDA y realizar un nuevo diagnostico en donde certifiquen que su vehículo alcanzó las condiciones óptimas de funcionamiento para obtener el certificado.

Desde el pasado 22 de Agosto de 2016, está operando el Sistema de Control y Vigilancia SICOV, estipulado por el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Transporte.

Si su vehículo fue rechazado, cuenta con 15 días calendario para subsanar los defectos encontrados, la segunda Revisión no tendrá costo, pero en la tercera Revisión si tendrá costo, igual como si acudiera la primera vez.

NO. Según el Artículo 50 del Capítulo VIII del código nacional de tránsito terrestre o ley 769 de 2002, “el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.” Se recomienda que aun con el certificado de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes se debe realizar una revisión periódica del vehículo una o dos veces a la semana verificando el estado de las llantas, el motor, los niveles de líquido de frenos y agua, entre otras condiciones.

Si, es posible realizar la revisión técnica mecánica y emisiones contaminantes con la fotocopia de los documentos, siempre y cuando se presente la denuncia por pérdida o robo donde se especifique claramente la placa del vehículo y los documentos del vehículo extraviados.

Inicialmente se debe dirigir al CDA en el cual realizó la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes, presentar la denuncia donde especifique claramente la pérdida o robo del documento y la placa del vehículo, posteriormente será diligenciado un formato especificando las razones por las cuales se solicita el duplicado, seguidamente debe cancelar el valor estipulado para ello por parte del CDA.

En caso de deterioro del documento original, basta con presentar el certificado a reemplazar y después de diligenciado el formato antes mencionado se procederá a cancelar el valor correspondiente a dicho trámite.